Juramento de Colegiados Ejercientes 2024-2025
El Colegio se complace en anunciar la celebración del Juramento de Colegiados Ejercientes correspondiente al periodo 2024-2025. Este importante acto tendrá lugar el viernes 14 de marzo de 2025 a las 13:00 horas en el Salón de Actos de la Ciudad de la Justicia de Murcia.
A continuación de la ceremonia, el Colegio invitará a los nuevos colegiados, junto a sus acompañantes, a un lunch en la Cafetería/Bar Dalia, ubicada frente a la puerta principal de la Ciudad de la Justicia.
Es necesario que los colegiados asistan acompañados de un padrino o madrina (Graduado/a Social Ejerciente). En caso de no contar con uno, el Colegio se encargará de asignar un miembro de la Junta de Gobierno. Además, dado que se trata de un acto togado, el Colegio obsequiará a los nuevos colegiados con una toga como regalo de bienvenida.
Para proporcionar más detalles sobre el evento y hacer entrega de la toga, los nuevos colegiados asistirán a una reunión informativa previa el miércoles 12 de marzo de 2025 a las 16:30 horas, en la sede del Colegio (Calle Azarbe del Papel, 2 bis Entlo. Oficina 1, 30007 – Murcia).
Confirmación de asistencia: Es imprescindible confirmar tu asistencia al juramento, indicando el nombre de tu padrino/madrina y el número de acompañantes, enviando un email a mariah@cgsmurcia.org. En caso de no poder asistir, se ruega comunicarlo adjuntando la justificación correspondiente.
¡Te esperamos para celebrar juntos este importante paso en tu carrera profesional!
Normativa reguladora
Real Decreto 1415/2006, de 1 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Graduados Sociales. Artículo 23. – «Prestación de juramento o promesa.«
1.- Los Graduados Sociales, antes de iniciar su ejercicio profesional, deberán prestar juramento o promesa de acatamiento de la Constitución y del resto del ordenamiento jurídico, y de fiel cumplimiento de los deberes de la profesión de Graduado Social.
2.- El juramento o promesa se prestará ante la Junta de Gobierno del Colegio de Graduados Sociales al que se incorpore como ejerciente por primera vez, en la forma que la propia Junta disponga, con la posibilidad de hacerlo por escrito de forma provisional.
3.- En el expediente personal del colegiado deberá constar la fecha de prestación del juramento o promesa.
Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. Artículo 544. – “De los Abogados, Procuradores y Graduados Sociales”
1.- Los Abogados, Procuradores y Graduados Sociales, antes de iniciar su ejercicio profesional, prestará juramento o promesa de acatamiento a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico.
2.- La colegiación de los Abogados, Procuradores y Graduados Sociales será obligatoria para actuar ante los Juzgados y Tribunales en los términos previstos en esta Ley y por la legislación general sobre colegios profesionales, salvo que actúen al servicio de las Administraciones públicas o entidades públicas por razón de dependencia funcionarial o laboral.
REGLAMENTO INTERNO FIGURA DEL PADRINO JURAMENTO
Tal y como reza en el artículo 16 del Estatuto Profesional de los Graduados Sociales de la Región de Murcia (Anuncio de la Consejería de Presidencia, Portavocía, Acción Exterior y Emergencias publicado en el BORM el 20 de septiembre de 2024), «los graduados sociales deberán prestar juramento o promesa de acatamiento de la constitución y del resto del ordenamiento jurídico, y de fiel cumplimiento de los deberes de la profesión de graduado social. El juramento o promesa se prestará ante la junta de gobierno del Colegio de Graduados Sociales al que se incorpore como ejerciente por primera vez, en la forma que la propia junta disponga».
FIGURA DEL PADRINO
1.1 El nuevo colegiado deberá ser apadrinado por un/una Graduado Social en ejercicio, que deberá contar con más de un año de antigüedad en el ejercicio profesional. De no contar el nuevo colegiado con un padrino/madrina, la Junta de Gobierno designará a uno de sus miembros para que actúe como tal.
1.2 El nuevo colegiado deberá comunicar el padrino/madrina a este Colegio con una antelación mínima de 15 días antes de la fecha señalada del juramento para que en el caso de que este no dispusiera de padrino/madrina se le pudiera asignar un miembro de Junta de Gobierno.
1.3 El padrino/madrina tendrá que ir ataviado al igual que el juramentado con el traje talar correspondiente. En el caso de que el padrino/madrina no dispusiera de él deberá comunicarlo a este Colegio con la suficiente antelación para que se le pueda facilitar el mismo desde el Colegio.
1.4 El padrino/madrina elegido al efecto deberá acudir con el colegiado a la reunión previa de instrucciones para el juramento que este Colegio organizará días previas a la fecha señalada.
1.5 El padrino/madrina elegido al efecto deberá acudir con el colegiado el día del juramento.